sábado, 19 de febrero de 2011

CLASIFICACIÓN DE LA CAPITALIZACIÓN DE GASTOS FINANCIEROS EN LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS.




El BOICAC nº75/2008 Consulta 3, en la cuestión 3ª, aclara que la capitalización de gastos financieros deberá reflejarse en el margen financiero de la cuenta de Perdidas y Ganancias. Para ello se creará una partida que podría ser “Incorporación al activo de gastos financieros.”

Dicha resolución afectará sobre todo a empresas inmobiliarias, constructoras y cooperativas, que deberán revisar la clasificación contable de dichos gastos. En caso de tener que realizar ajustes significativos deberán reformular las cuentas anuales a efectos de comparación y dar información suficiente en la memoria.

Cuestión 3ª

Reflejo contable de la capitalización de gastos financieros en la cuenta de pérdidas y ganancias; en particular si la capitalización de los gastos financieros en el inmovilizado ha de ser realizada mediante la partida Trabajos realizados por la empresa para su activo (subgrupo 73 del cuadro de cuentas), o si se deben reconocer los gastos financieros devengados en la cuenta de pérdidas y ganancias por el importe neto .

Respuesta

Cuestión 3ª. Reflejo contable de la activación en la cuenta de pérdidas y ganancias

En el Plan General de Contabilidad de 1990 la cuenta 733. Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso, se definía como “Trabajos realizados durante el ejercicio y no terminados al cierre del mismo. También se incluirá en esta cuenta la contrapartida de los gastos financieros activados”.

La incorporación de intereses en el precio de adquisición o coste de producción de las existencias se reconocía mediante las partidas de “variaciones de existencias” (cuentas correspondientes al subgrupo 71).

En el Plan General de Contabilidad de 2007, en la definición de la cuenta 733. Trabajos realizados para la empresa, ya no figura la mención relativa a la inclusión de los gastos financieros activados. En definitiva en este punto el nuevo Plan General de Contabilidad, a diferencia del Plan General de Contabilidad de 1990, no ubica en el margen de explotación la activación de gastos financieros, debiendo ésta afectar al resultado financiero. Este criterio debe entenderse aplicable tanto al inmovilizado como a las existencias, de forma que la activación de gastos financieros no se reflejará en la cuenta de pérdidas y ganancias en la partida de Trabajos realizados por la empresa para su activo (en el caso del inmovilizado) ni en la de Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación (en el caso de las existencias).

De acuerdo con lo dispuesto en la norma 5ª de elaboración de cuentas anuales contenida en la tercera parte del Plan General de Contabilidad: “podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos normales y abreviados, siempre que su contenido no esté previsto en los existentes.” En este sentido, en la medida en que los importes activados por gastos financieros sean significativos, de forma análoga a como se presentan las activaciones de gastos de explotación, donde aparecen los gastos por naturaleza y se recogen los ingresos en una partida de carácter corrector (Trabajos realizados por la empresa para su activo), se creará una partida en el margen financiero, cuya denominación podría ser la de “Incorporación al activo de gastos financieros”.

http://www.icac.meh.es/imagenes/pdf.gif

miércoles, 9 de febrero de 2011

CONCEPTO DE ACTIVIDAD ORDINARIA EN EL CALCULO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS.

La expresión "actividad ordinaria" ha sido objeto de tratamiento en la Resolución de 16 de mayo de 1991, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se fijan criterios generales para determinar el "importe neto de la cifra de negocios", que desarrolla este concepto contenido en el artículo 35.2 del Código de Comercio en la redacción dada por la Ley 16/2007, de 4 de julio (antiguo artículo 191 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre), señalando que la "actividad ordinaria" de la sociedad podría definirse como aquella que es realizada por la empresa regularmente y por la que obtiene ingresos de carácter periódico. Adicionalmente, se deberá tener en cuenta que el concepto de actividad ordinaria constituye la base sobre la que se asienta el "importe neto de la cifra de negocios", tal como dispone el citado artículo 35.2 del Código de Comercio:

"La cifra de negocios comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas, así como el Impuesto sobre el Valor Añadido, y otros impuestos directamente relacionados con la mencionada cifra de negocios que deban ser objeto de repercusión".

Extracto de la consulta nº 2 del BOICAC núm. 79.