¿Qué se entiende por domicilio fiscal?
¿Dónde se encuentra localizado el domicilio fiscal?
Para las personas físicas, el lugar donde tengan su residencia habitual. No obstante, para las personas físicas que desarrollen principalmente actividades económicas, en los términos que reglamentariamente se determinen,
Para las personas jurídicas, su domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada su gestión administrativa y la dirección de sus negocios.
¿Estoy obligado a comunicar un cambio en el domicilio fiscal?
Si, Los obligados tributarios deberán comunicar su domicilio fiscal y el cambio del mismo a
¿Cómo se comunica?
A. Las personas fisicas:
Mediante el modelo 030 de comunicación de cambio de domicilio cuando no realicen actividades profesionales ni empresariales.
Mediante la declaración anual del impuesto de
Mediante una llamada al 901 200 345 cuando no realicen actividades profesionales ni empresariales.
Mediante el modelo 036 cuando realicen actividades profesionales o profesionales.
B. Las personas jurídicas:
Mediante el modelo 036.
¿Dónde se deben presentar las declaraciones tributarias después del cambio del domicilio fiscal?
Estas deberán presentarse en la administración Tributaria perteneciente al nuevo domicilio fiscal del obligado tributario.
No hay comentarios:
Publicar un comentario